D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada DALIA MARÍA RUIZ, Fiscal del Ministerio Público en Materia de Drogas de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano, SEGUNDO: SE ANULA la sentencia definitiva de fecha 23 de abril de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Juicio, mediante la cual condeno por consenso al acusado JOSÉ GREGORIO ROJAS ROJAS, titular de la cédula de identidad N°: 12.530.827; a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, y absolvió por consenso a los ciudadanos JOSÉ GREGORIO ROJAS ROJAS, antes identificado, y a l.....