Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA Medida Cautelar de Libertad al ciudadano CARLOS ALFREDO GOITTE CARRERA, venezolano, natural de Carúpano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 20.840.994, de profesión u oficio agricultor, de 18 años de edad, nacido en fecha 28-09-1988, hijo de Alberto Goite y Amarilis Carrera y domiciliado en la Parroquia El Paujil, calle Bolívar, casa s/n, mas arriba de la cancha, en la misma calle del Ambulatorio de los Cubanos, Municipio Mariño del Estado Sucre, consistente en un régimen de presentación, cada quince (15) días, por ante la Comandancia de Policía del Municipio Cajigal del Estado Sucre; por un lapso de 6 meses, por la presunta comisión del delito Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal,.....