En fecha 31 de Octubre de 2018 el Tribunal Supremo de Justicia dictó la Resolución 2018-0013, mediante la cual se modificó a nivel nacional, las competencias de los Juzgados para conocer de los asuntos en materia Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo, según corresponda, en la cual y de acuerdo al literal b) Los Juzgados de Primera Instancia, categoría B en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía exceda los Quince Mil Un unidades tributarias (15.001 U.T.).
De manera que teniendo la demanda intentada una cuantía inferior a la señalada por la Resolución antes mencionada, para el conocimiento por este Tribunal, es forzoso para esta Instancia declarar que no tiene la Competencia para conocer y decidir la presente causa.
En virtud de lo cual y de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, solicita de Oficio la Regulación de la Competencia para ante el Juzgado Superior en Lo.....