Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ejecutada la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en contra del adolescente de xxxxxxxxxxxxxxxx (teléfono de la madre), por la comisión del delito de VIOLACIÓN AGRAVADA, previsto en el artículo 374 numeral 1ro del Código Penal, en perjuicio de la niña xxxxxxxxx, mediante la cual quedo obligado a cumplir la medida de de privación de libertad por el lapso UN (01) AÑOS y CUATRO (04) MESES, de la cual lleva privado UN (01) MES y DOCE (12) DIAS, faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS DOS (02) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS , que vencerán el 19 -10-2016.y se fijó para el día 17/02/2014, a las 2:30 pm, a objeto de que sea trasladado a este .....