este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda a favor de la penada: NORIS BAUTISTA GARCÍA CARRILLO, de 55 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.085.077, venezolana, de estado civil soltera, natural de Santa María de Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, nacida en fecha 08/12/1956, hija de Eladia Carrillo y Juan García, de profesión u oficio Doméstica, residenciada en Bolivariano Segundo, Calle Banco Obrero, Casa S/Nº, donde queda una Iglesia Cristiana, Cumaná, Estado Sucre, la LIBERTAD CONDICIONAL, por MEDIDA HUMANITARIA, hasta que recupere su salud y pueda continuar con el cumplimiento de la condena. En consecuencia la ciudadana NORIS BAUTISTA GARCÍA CARRILLO, deberá cumplir con las condiciones que se señalan: 1) Señalar la dirección exacta donde pueda ser localizada para cualquier circunstancia una vez .....