este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Rider David López López, venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.189.954, nacido en fecha 22-02-1988, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de José López y Argelia López, y domiciliado en la Avenida Circunvalación Sur, Sector Andrés Bello, La Invasión, Rancho S/N, al lado de las viviendas, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Hurto y Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automot.....