DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expresadas, este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin Lugar la solicitud formulada la Fiscal Sexta del Ministerio Público; y en consecuencia, ordena remitir de manera inmediata al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las actuaciones en su estado original que se le inicio al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a quien se le inicio investigación por la presunta comisión del delito de violación, previsto en el artículo 374 del Código Penal, cometido en perjuicio del xxxxxxxxxxxxxxxx ; de conformidad con los artículos 683-A, 683-B, 531 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Líbrese boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con los artículos 163, 164 y 307 del Código .....