este Tribunal QUINTO de Control ACUERDA la ampliación del Régimen para el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Lapso de TRES (03) Meses al imputado VICTOR RAFAEL VALDERRAMA GAMBOA, venezolano, nacido en Guiria, titular de la cédula de identidad Nº 28.512.106, de 21 años de edad, nacido en fecha 16-01-1993, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo Domingo Mayz y Anselma Rumion, residenciado en la avenida Miranda, casa sin numero, cerca de la licorería de Maria, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar incurso en la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 112 de La Ley para el Control y Desarme de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, debiendo estar a la orden de la Oficina de participación ciudadana adscrita a esta sede judicial, quien deberá remitir un informe de la labor encomendada; asimismo se Acuerda Verificar si el mismo cumplió con la prorroga aquí.....