DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, lo cual consiste en presentaciones periódicas cada 30 días por un lapso de Seis (6) Meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, al ciudadano imputado WILLIAN RAFAEL PILGRIN, plenamente identificado en actas procesales por la comisión de los delitos RESISTENCIA A LA AUTOTIDAD Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre y sin Violencia. Remítase las actuaciones a la Fiscalía en su oportunidad legal.