Estos elementos evidencian que es este, el tribunal competente para decretar la separación de conformidad con lo establecido en el articulo 754 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripcion Judicial del Estado Sucre, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos MATA FIGUEROA CARLOS DANIEL Y SALEM AMELIA JKEIM, venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.772.214 y V-13.183.385, respectivamente