En consecuencia este Tribunal Primero de Control, de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la aprehensión flagrante contra los adolescentes OMISSIS, en investigación relacionada con la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, Previsto en el articulo 112 de la Ley Para el Control y Desarme de Arma de Fuego y Municiones, en perjuicio de la COLECTIVIDAD y la continuación del procedimiento por la vía ordinaria conforme al articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contra del adolescente OMISSIS, Por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, Previsto en el articulo 112 de la Ley Para el Control y Desarme de Arma de Fuego y Municiones, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, d.....