Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Corrige el monto de las cantidades convenidas en el acuerdo de fecha 28 de Noviembre de 2.014, de siguiente manera: El monto restante es la cantidad de CIENTO VEINTISEIS MIL UN BOLIVARES (Bs. 126.001), mas el Diez por Ciento (10%) del monto total que es la cantidad de VEINTICINCO MIL NOVENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 25.091,00) cantidad esta incluida en la anterior, el Cincuenta por Ciento (50%), que es la cantidad de SESENTA Y TRES MIL BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 63.000,05), se cancelará en fecha 15 de Diciembre de 2.014, y el otro Cincuenta por Ciento (50%), que es la cantidad de SESENTA Y TRES MIL BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 63.000,05), se cancelará en fecha 12 de Enero de 2.015. Así se decide.-