LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 02 de Diciembre de 2.014.
204° y 155°
Exp. N° 17.202.-
DEMANDANTE: JOSÉ FRANCISCO RODRÍGUEZ, titular de la
cédula de Identidad N° 1.509.141.
APODERADO JUDICIAL: NO OTORGÓ.
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.
DEMANDADA: JULIA TERESA ROMERO ACOSTA, titular
de la cédula de Identidad N° 1.508.935.
APODERADO JUDICIAL: NO OTORGÓ.
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.(Con fuerza de Definitiva).
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas, que en la oportunidad legal para efectuarse el Acto de contestación a la demanda, y por cuanto la parte demandante, ciudadano JOSÉ FRANCISCO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 1.509.141, no se hiciera presente en forma legal alguna, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara extinguido el proceso, se dá por terminado el presente juicio ordenándose el archivo del presente expediente. Y así se decide.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.-
Abg. Francis Vargas Campos.-
Exp. N° 17.202.-
SGDM/Fvc/ecm.-
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