Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta. DECRETA: La SUSTITUCION de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS", por la comisión del delito de Homicidio Intencional En Grado De Frustración, previsto y sancionado en los artículos 405 en relación con el articulo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio de Juan Martinez Velo; por el CUMPLIMIENTO SIMULTANEO DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de un (01) año, seis (06) meses y siete (07) días simultáneamente, quedando obligado a PRIMERO presentarse una vez al mes por ante el personal técnico adscrito al Centro Socio Educativo Dr. Agustin Ortiz Rodríguez. SEGUNDO: presentarse una vez al mes ante el alguacilazgo de esta ciudad. TERCERO: no ausentarse de la jurisdicción del estado sin la.....