Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del acusado JENNY MARIA CENTENO SÁNCHEZ, Venezolana, de 29 años de edad, nacido en Carúpano, Estado Sucre, Cédula de Identidad Nº V-16.843.052, fecha de nacimiento 31-10-77, de oficio Buhonera en el Centro, hijo de Alba Centeno Sánchez y Felipe Marcano Centeno, domiciliada en el Sector el Lirio, avenida principal, detrás del Abasto Cari, casa N° 42, detrás del abasto cerca de un kiosco de hamburguesa, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el articulo 454 ordinal 8 del Código Penal, en relación con los Articulo 80, en su ultimo aparte y 82 ejusdem, en perjuicio del SUPERMERCADO FRANCYS II; todo de conformidad .....