Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CUMANÁ ESTADO SUCRE, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDA EL PROCEDIMIENTO Y EXTINCIÓN DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal Del Trabajo, en la demanda por cobro prestaciones sociales y otros derechos laborales, incoada por el ciudadano ANTONIO JOSÉ JIMENEZ MARCANO, en contra de la Sociedad Mercantil "FLOTA SOLITARIO C.A".
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, motivado a la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los Dos (02) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010)
LA JUEZ.
ABG. LUIS RAMON SALAZAR G.....