este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Disolución del Vinculo Matrimonial, de los ciudadanos YASENCA ELENA SALAZAR FIGUEROA y JUAN CARLOS GAMARDO CARDIET, plenamente identificados en autos, contrajeron Matrimonio Civil, por ante el Registro Civil, del Municipio Sucre, Estado Sucre, en fecha diecinueve (19) de Diciembre del año Dos Mil Nueve (2009), según consta en el Acta Nro. 199, qua se anexa a la presente solicitud marcada con la letra "A", que obra en el folio 03, todo ello de conformidad con lo establecido por el artículo 185 del Código Civil.