este Tribunal Cuarto de Control, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Solicitud Fiscal, en consecuencia se acuerda librar ORDEN DE APREHENSIÓN con el debido respeto de sus derechos y garantías constitucionales, en contra del Imputado: SIMÓN JOSÉ HERNÁNDEZ NORIEGA, de nacionalidad Venezolano, natural de Carúpano, donde naco en 19-03-63, de 39 años de edad, de profesión u oficio Chofer, hijo de Jesús Hernández y de Carmen Noriega, residenciado en Calle San Rafael, Nª 43, Carúpano y titular de la cédula de 10.219.363, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 250 y 26 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez aprehendido el mismo se debe ser puesto a la orden de este Tribunal a los fines de celebrar audiencia de conformidad con el artículo 45 y 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificados los presentes en sala con la firma de la presente acta. Líbrese boleta de orden de Aprehensión y diríja.....