Acuerda Medida cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado: Robinsón José Prada Subero, Venezolano, de 19 años de edad, soltero, titular de cédula de identidad N° 17.020.008, nacido en fecha: 28-08-85 Profesión u oficio: Pescador y residenciada en: Macarapana, calle los Chaguaramos, casa S/N, cerca de la medalla de Oro, Carúpano Estado Sucre, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de lesiones, previsto y sancionado en el artículos 413 Código Penal, en concordancia con el articulo 217 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al adolescente, en perjuicio de la niña, Angélica del Carmen Martínez. Todo de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3° 9° del Código Orgánico procesal Penal, es decir de presentaciones cada siete (7) días, por un lapso de 6 meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo y previsión de tener acceso con agresiones Físicas y verbales con la Niña. Se acuerda la Aprehensión por Flagrancia con respecto a la detención del imputad.....