Primero: Se observa del Auto de Ejecución de fecha 29-07-2003, que el sancionado OMISSIS, debe cumplir las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de un (01) año y seís (06) meses, en forma simultanea, de los cuales hasta el día de hoy 02 de Agosto de 2004, ha cumplido once (11) meses y veinte (20) días, quedandóle por cumplir seís (06) meses y diez (10) días, que vencerán el doce (12) de febrero del 2005; Segundo: Que consta a los folios cincuenta y siete (57), cincuenta y ocho (58), sesenta (60), sesenta y uno (61), sesenta y dos (62), sesenta y cinco (65) sesenta y seís (66), sesenta y nueve (69), setenta (70), ochenta y uno (81) y ochenta y dos (82), del presente asunto los informes Psicológicos y Sociales, realizados por el Equipo Técnico adscrito a esta Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en los que se evidencia los esfuerzos del sancionado para el cumplimiento de l.....