Con base en las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, del Trabajo, Bancario, de Estabilidad Laboral y de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio Jesús Real Mayz, inscrito en el Inpreabogado con código número 33.439, en su carácter de coapoderado judicial de la empresa AUTOCAMIONES REAL, C. A.; contra el auto de fecha 03 de julio de 2003, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Circuito y Circunscripción Judicial, en el juicio que por resolución de contrato de venta con reserva de dominio le sigue al ciudadano ANIBAL RAFAEL CODALLO TORRES, antes identificado. En consecuencia:
PRIMERO: DECLARA la corrección del auto de fecha 03 de julio de 2003, que cursa al folio 17 del cuaderno de medidas del expediente signado como 14.230 de la nomenclatura a quo, para s.....