DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada YURAIMA BENÍTEZ REBOLLEDO, en su carácter de Defensora Pública Provisoria Sexta del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, contra la decisión de fecha veintiocho (28) de abril de dos mil trece (2013), dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual decretó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO CÓRDOVA MARCANO, CARLOS ENRIQUE GARCÍA GARCÍA y JESÚS ARNOLD CÓRDOVA MARCANO, imputados de autos y titulares de las cédulas de identidades números V-10.428.315, V-22.631.563, y V-17.761.930, respectivame.....