este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, planteada por el por el abogado FRANCISCO JAVIER MUNDARAIN PIETRI, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalia Segunda del Ministerio Público del Estado Sucre, por considerar que a la presente fecha no ha transcurrido el lapso legal establecido en la norma, para que opere la prescripción de la acción penal, en el presente asunto instruido contra al ciudadano JOSÉ MANUEL RONDÓN CHIRINOS en el presente asunto aperturado por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CRUZ y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artíc.....