En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y MEJÍA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: MANUEL EUGENIO MÁRQUEZ GONZÁLEZ y FANNY EUNICE CARAUCÁN RODRÍGUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números: V-10.691.360 y 15.112.074, respectivamente, el primero domiciliado en el Apartamento 007 del Edificio II, Urbanización Nueva Mariguitar, Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre y la segunda domiciliada en la casa Nº 3, Calle Principal de las Delicias de Caiguire, Sector Caiguire Arriba, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejerci.....