Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, la apelación interpuesta por el Ciudadano Iván Jesús Mata Ramos, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.386.416, contra la sentencia interlocutoria de fecha 28 de Noviembre de 2011, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: INADMISIBLE, la apelación interpuesta por la Abogada Magdony León Arayan, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.119, apoderada judicial de la Sociedad de Comercio "Clínica Bello Monte C.A", contra la sentencia interlocutoria de fecha 28 de Noviembre de 2011, dictada por el Juzgad.....