En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA sin lugar la sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que hasta la fecha persiste sobre el acusado ENDER JESUS MARQUEZ BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.216.563; a quien se le sigue el presente proceso por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149, en su encabezado y el segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad; por estimar que la misma sigue siendo necesaria para garantizar el fin último del proceso, y en virtud de que no han variado las circunstancias de hecho y de derecho que motivaron la misma.