DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano ADRIAN JOSE TENIAS TOVAR, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, soltero, de 19 años de edad, de profesión u oficio pescador, titular de la Cedula de Identidad N° V- 28.683.718, nacido en fecha 28/04/1998, hijo de Romel Tenias y Margarita Tovar y residenciado en Brisas del Mar, ultima calle, casa s/n, cerca de la cancha, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 4, 6 y ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio de SIMON AGAPITO FUENTES, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, numerales 1º, 2º y 3º; 237, numerales 2º, 3º, 4° y 5° parágrafo primero .....