Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la abogada YEANNETE CONDE LUZARDO, Jueza Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de conocer la causa N° RP01-R-2004-000218, seguida al acusado LUIS ENRÍQUE BASTARDO por la comisión de los delitos de INDUCCIÓN Y AYUDA AL SUICIDIO, en perjuicio del ciudadano EDWIN FRANCOIS SOTILLO GONZÁLEZ y HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, en perjuicio de la ciudadana NAILETH DEL CARMEN MATA, se acuerda oficiar a la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a los fines de que convoque al Juez Suplente de esta Corte de Apelaciones para que la integre accidentalmente, a los fines de decidir la presente causa. Líbrese oficio. Cúmplase.-
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