Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana ROSILENYS DEL VALLE ANDARCIA, contra el ciudadano REGULO RAFAEL RODRIGUEZ GOMEZ, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del niño, y condena al progenitor a suministrar a sus hijo la cantidad de CIEN VEINTE MIL BOLIVARES (BS. 120.000,oo) mensuales. Asimismo en el mes de Agosto para cubrir los gastos por concepto de uniformes y útiles escolares, debe suministrar la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (BS. 240.000,00) y en el mes de Diciembre los gastos de ropa calzado y juguetes la misma cantidad DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (BS. 240.000,00. Todo de conformidad con los artículos 365, 366, 369, 30 y 08 de la LOPNA.
Dada, firmada y sellada.....