Con fundamento a los motivos de hecho y de derecho ya expuestos, conforme a lo alegado y probado por la parte demandante, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de extinción de obligación de manutención, incoada por el ciudadano: ELIO JOSE DIAZ DIONICIE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.125.771, domiciliado en el Sector Valle Solo, Jurisdicción Municipio Bolívar del Estado Sucre, asistido por la Abogada en ejercicio: CRUZ SULMIRA ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 12.287.063, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el número 141.190, contra la ciudadana: JESSIKA CAROLINA CARDIET CABEZA, venezolana, mayor de edad, ti.....