En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la Sentencia, emitida por el JUZGADO DEL MUNICIPIO RIBERO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en fecha 12 de Junio de 2.013, sometida a consulta obligatoria de conformidad con lo establecido en el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la INTERDICCION del Ciudadano ALEXIS RAFAEL GOMEZ HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-27.874.989 y domiciliado en la Calle Las Flores, Casa S/N, de la Población de Cariaco, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero, Estado Sucre, solicitada por la ciudadana JUANA DEL VA.....