ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en causa seguida en contra del ciudadano RICHARD RAMON LOPEZ, Venezolano, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.447.947, Soltero, hijo de Carmen Elena Pacero y Ramón López (F), fecha de nacimiento 03-09-83, de oficio obrero, natural de Cumaná; residenciado en La Urbanización Fe y Alegría, Sector 01, Vereda 36, Casa Nro 11, Cerca de la Doble Cancha, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; Teléfono N° 0293-4510622; a quien se le iniciara causa por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana JEINMY GABRIELA MORON MENDOZA. Se emplaza a las partes para que en el pl.....