este Tribunal Cuarto de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, acuerda el traslado inmediato de la acusada al inmueble ubicada en Urbanización Fe y Alegría, Bloque 38, Planta Baja, apartamento No. 004, situado en Cumaná Estado Sucre, lugar donde deberá cumplir detención domiciliaria, debiendo cumplirse recorridos policiales diarios por dicha vivienda por parte de la policía del Estado Sucre, debiendo supervisar los funcionarios el cumplimiento por parte de la acusada DAILIS JEAN SUBERO SÁNCHEZ, de la detención domiciliaria.