Decreta: La Prescripción Especial; y en consecuencia, La Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal, relación con el artículo 110 en su primer aparte, parte in fine y el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con el artículo 49 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, se Decreta: El Sobreseimiento de la presente Causa, seguida al ciudadano BERNARDO GREGORIO BARCELO; de nacionalidad venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.019.163, natural de Irapa Estado Sucre, Oficio mecánico, nacido en fecha 20-08-1974, Hijo de Roberto Salazar y Porfilia Barcelo, Residenciado en la calle Pichincha, casa S/N, cerca de la bodega de la señora Berta Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drog.....