este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano JÚNIOR SIMÓN LUGO RODRÍGUEZ, venezolano, Natural de Carúpano, Estado Sucre, de 22 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 25.479.178, de profesión u oficio Agricultor, nacido en fecha 29/11/1995, hija de Luís Merquiades Lugo y Gregoria del Carmen de Lugo, con domicilio en Charallave, vereda Nº 08, cerca de la panadería Pandora, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numeral 1° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio del ciudadano Henry Jesús Jiménez Rodríguez. todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, numerales 1º, 2º y 3º; 237, numerales 2º, 3º, 4° y 5° parágrafo primero y artículo .....