Es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución, acuerda Librar Boleta de Captura, contra el penado APARICIO MORENO RAMÍREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.174.134 y remitirla a los Cuerpos Policiales del Estado Sucre y del Estado Táchira, para que procedan a su CAPTURA y posterior traslado al Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Segundo de Ejecución. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal de Ejecución del Ministerio Público, la defensa y ofíciese a la Dirección del internado judicial de Cumaná. Es todo. Cúmplase.