acuerda Librar Boleta de Captura, contra el penado ANTONIO JOSÉ MARVAL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.829.777, y remitirla a los Cuerpos Policiales, para que procedan a su CAPTURA, CON EL DEBIDO RESPETO A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES. una vez capturado debe ser trasladado al Internado Judicial de esta Ciudad, Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Primero de Ejecución. Posterior a su captura se fijará la audiencia donde se decidirá sobre lo relativo al BENEFICIO otorgado. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5, 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.