DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano GILBERTO JOSÉ CAMPOS CORDERO, Venezolano, soltero, de 37 años de edad, nacido en fecha 21-07-75, titular de Cédula de Identidad N° V 12.530.710, Natural de Carúpano, de Oficio: obrero, hijo de: José T. Campos y Yolanda de Campos, domiciliado en: Urbanización Guayacán de las flores, sector N° 02, vereda 19, casa N° 05. Carúpano- Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSUTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos, hoy artìculo 153 de la Ley Orgànica de Drogas, ello en ocasión de haberse decretado LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49 Ordinal 7° y 300 numeral 3 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haber cumplido con las c.....