Por los motivos de hecho y de Derecho que anteceden, este juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la pretensión de NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO, incoada por la ciudadana: ANA TERESA MONTAÑO BAEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-1.301.044, domiciliada al final de la calle Colombia, casa s/n° Sector la Florida, Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Sucre, representada judicialmente por la abogada en ejercicio: NORELIS DEL VALLE AMARGURA TINEO, venezolana, mayor de edad, soltera, abogada, titular de la cédula de identidad N° V-6.344.130; inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 134.892, contra la ciudadana: DEISY DEL CARMEN OSUNA VIERA, venezolana, mayor.....