DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de las Imputadas: Solmaira Josefina Rodríguez Rodríguez, por la presunta comisión de los delitos de: Riña Colectiva y Lesiones Personales Reciprocas, previsto y sancionado en los artículos 425 y 413 del Código Penal, en perjuicio de Ellas Mismas, en consecuencia, el referido ciudadano deberá presentarse cada Treinta (15) días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por el lapso de Ocho (08) meses, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 242 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se Niega la solicitud de la Defensora Pública, de .....