este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor de las imputadas: LISBEIDY MARIA RIVERA PLAZA, venezolana, natural de Carúpano, de 21 años de edad, nacido en fecha 14-05-1.991, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Número V- 20.126.900, de profesión u oficio obrera, hija de Pedro José Rivera y Rosa Margarita Plaza y residenciada en: Sector las Pionias, cerca del modulo policial, Municipio Bermúdez del Estado Sucre del Estado Sucre y ALICIA JOSEFINA GONZALEZ DIAZ, venezolana, natural de Margarita Estado Nueva Esparta nacido en fecha 21-01-1993, de 20 años de edad, de estado civil soltero, profesión sin oficio definido, titular de la cedula de identidad V.- 26.344.961, hijo de Antonia y Padre desconocido, residenciado en Playa de Sal, Casa S/N; Vía El Matadero, Carúpano Estado Sucre, consistente en: 1.- No Ausentarse de la Jurisdi.....