Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 de Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, DECLARA: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS DECLARACIONES para asegurarle a KILMARY PEDRINA GONZALEZ RAMONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-28.129.883, su DERECHO COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del Causante PEDRO ANTONIO GONZALEZ GRANATTY, supra identificado, Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas.