IV
DISPOSITIVA
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Sucre, Anzoátegui y Nueva Esparta con sede en la ciudad de Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: De conformidad con el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se declara CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abg. JESUS LEONARDO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.305.477, actuando en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, interpuesta mediante escrito de fecha ocho (08) de mayo de 2026, en la causa signada con el Nº A-2021-000005, contentiva de la demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA AGRARIA DE PREDIO RUSTICO.
SEGUNDO: En consecuencia, queda separado el Juez antes señalado del conocimiento de la.....