En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, el recurso de apelación ejercido por la Abogada Marianella Bolívar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.927, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos Carlos Ricci Giorgetti y Mara Anahi Ricci Gil, titulares de las cedulas de identidad números V-6.955.821 y V-8.325.868 respectivamente, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 10 de Diciembre de 2025 por el Tribunal Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: SIN EFECTO, el auto de fecha 16 de Diciembre de 2025, dictado por el Tribunal Accidental de Primera Instancia en lo C.....