.- En consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, LIBERTADOR, BENITEZ, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE A LA CIUDADANA: SARA MARIA BERMUDEZ DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.044.505, sus derechos COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del ciudadano: TOMAS ANTONIO RIVERO, quien en vida fue titular de la cedula de identidad N° V-1.873.744, fallecido ab-intestato, el doce (12) de octubre de 2017, en Carúpano, parroquia Santa Catalina, municipio Bermúdez, de.....