Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior En Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial Del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la Apelación ejercida por la ciudadana Alexandra Isabel Figuera Díaz, titular de la cedula de identidad N° V-16.765.501, asistida por el Abogado Germán Figuera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.764, contra el auto de admisión de fecha 03 de Junio de 2026, dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: SE ORDENA al Tribunal A Quo, acordar el acompañamiento de prácticos para la evacuación de la Inspección Ocular solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 938 del Código de Procedimiento Civil.
Insértese, Publíquese, Regístrese, Edí.....