Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, la conciliación suscrita por los ciudadanos FRANCELIS VILLAROEL, Venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.908.408, asistida por la profesional del derecho YANELYS MARIA MARTINEZ, Inpreabogado N° 298.237, parte demandante y los ciudadanos BAUDILIO CARREÑO y BARTOLA RUMION, asistido por el profesional del derecho JULIO CESAR RAUSSEO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado N° 180.157, parte demandante y, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. -