Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por el ciudadano JORGE LUIS NARVAEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-13.630.270, en contra de la entidad de trabajo LORELLA PESCA, C.A., R.I.F.: J-50082081-0.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada cancelar la suma de DOS MIL CIENTO VEINTICUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 2.124,57), por los conceptos de Prestaciones Sociales prevista en el artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, indemnización por despido injustificado prevista en el artículo 92 de la LOTTT, vacaciones y bono vacacional no cancelados y.....