PRIMERO: INADMISIBLE acción que por prescripción adquisitiva, incoara el ciudadano Pedro Miguel Fernández Vivenes, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V- 10.462.654, con domicilio en la Av. Cancamure, urbanización Villas de Campo, casa Nro. 27, de la ciudad de Cumaná, estado Sucre, contra el ciudadano George Kibiwat Joubi, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. E-851.464, con domicilio en la Autopista Cumaná- Puerto la cruz, sector Altos de Tres Picos, Jaguey de Luna, fundo Doña Bárbara.