Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, interpuesta por los ciudadanos CARMEN JOSELIA GUERRA ARZOLA Y DUGLAS DELGADO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.941.243; E- 84-603.900, respectivamente, y debidamente asistidos por la abogada en ejercicio IVONNE LOURDES LORANT MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 220.882, En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil del Municipio Valdez del Estado Sucre, el 29 de agosto de 2014, según consta del Acta de Matrimonio Nº 92, acompañada a los au.....